Mayor aforo en actividades, eventos, boliches, salones de eventos y restaurantes
El decreto 004, impuesto por el municipio, rige desde hoy al 19 de enero.
El decreto 004, impuesto por el municipio, rige desde hoy al 19 de enero.
AFORO DE 80%:
- Actividades religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales.
- Boliches, Discotecas, Bailes, Salones de Eventos: hasta 500 personas.
- Locales gastronómicos y bares, hasta 15 en cada mesa en espacios cerrados, y aforo de 100% en espacios abiertos.
- Reuniones sociales y familiares de hasta 25 personas a realizarse en domicilios y/o espacios afines.
Deberán contar con evaluación y autorización municipal previa, por pedido escrito de los organizadores, conforme las circunstancias y condiciones que determinen la Dirección de Seguridad Vial y Protección Ciudadana, la Dirección de Acción Cultural y Deportiva y la Secretaría de Salud Pública, y bajo protocolos y normas específicas dictadas a tal fin:
2.a) Los eventos masivos, tales como Festivales, Recitales y Conciertos.
2.b) Los eventos deportivos.
Todas las actividades deberán respetar siempre lo dispuesto en los protocolos dictados por las autoridades de salud, asegurando de acuerdo a tipo de actividad y oportunidad, el uso de barbijos o tapabocas, el distanciamiento social, y la higiene de manos y superficies.





